Nómina

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Formulario 941 del tercer trimestre: vence el lunes 2 de noviembre, no el 31 de octubre

El reporte trimestral de nómina de julio a septiembre se presenta esta semana. Le explicamos por qué la fecha corre al 2 de noviembre, quién debe presentarlo y qué plazo extra existe si depositó a tiempo.

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Si su negocio tiene empleados, el Formulario 941 del tercer trimestre (julio, agosto y septiembre) vence normalmente el último día del mes siguiente al trimestre: el 31 de octubre. Pero este año el 31 de octubre cae en sábado. Según el IRS, cuando una fecha límite cae en sábado, domingo o día feriado, se puede presentar el siguiente día hábil. Eso significa que el plazo práctico es el lunes 2 de noviembre de 2026.

¿Qué es el Formulario 941?

Es el reporte trimestral con el que el empleador informa al IRS el impuesto federal sobre el ingreso retenido a sus empleados, además del Seguro Social y Medicare, tanto la parte del empleado como la del empleador.

¿Quién lo presenta?

  • Los empleadores que pagan salarios a empleados en nómina (W-2) y retienen impuestos federales.
  • Los empleadores que depositan con el calendario semiweekly (el que corresponde, de manera general, a quienes reportaron más de $50,000 en impuestos de nómina en el período de referencia) deben acompañar el 941 con el Anexo B (Schedule B).
  • Si solo trabaja con contratistas independientes (1099), el 941 no aplica. Pero clasificar mal a un empleado como contratista es un error costoso.

Un plazo extra si depositó todo a tiempo

El IRS indica que si usted depositó todos los impuestos de nómina cuando correspondía, tiene 10 días calendario adicionales para presentar el formulario. Para este trimestre, eso lleva la fecha hasta el martes 10 de noviembre de 2026. Ojo: es solo para quien hizo todos sus depósitos completos y a tiempo. Si se atrasó en algún depósito, no cuente con este margen.

Presentar y depositar son dos cosas distintas

El 941 resume lo que ya debió depositarse durante el trimestre; presentarlo no sustituye los depósitos. Si retuvo impuestos a sus empleados y todavía no los ha depositado, conviene ponerse al día cuanto antes, con o sin formulario.

Qué hacer esta semana

  • Revise que los salarios, las retenciones y los depósitos de julio a septiembre coincidan con sus registros de nómina.
  • Confirme si algún empleado entró, salió o recibió bonos durante el trimestre.
  • Presente electrónicamente si puede, para tener confirmación de recibo. Si lo envía por correo, hágalo con comprobante de envío fechado.

Este artículo es informativo y no sustituye una revisión de su caso particular.

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